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El TSJ de Extremadura da la razón a Escuelas Católicas en el contencioso por la inmersión lingüística 
 
 
 

El Tribunal Superior de Justicia de Extremadura ha anulado íntegramente la Resolución-Instrucción del año 2009 de la Consejería de Educación de la Junta de Extremadura, referida a la convocatoria de ayudas para estancias de inmersión lingüística en el Reino Unido e Irlanda para alumnos de Bachillerato, Ciclos Formativos de Grado Medio, así como las convocadas para el tercer ciclo de Primaria y primer ciclo de Secundaria de ese año.

Así lo ha informado Escuelas católicas (EC) de Extremadura, que ha indicado que dicha resolución instrucción, aprobada en el marco del Plan Linguaex, "dejaba fuera" de dichas ayudas a los alumnos escolarizados en centros concertados.

Asimismo, ha entendido que esta sentencia viene a dar la razón a Escuelas Católicas de Extremadura (FERECECA y EyG), quien acudió a los tribunales por considerar que el citado intercambio entraba en conflicto y vulneraba los Artículos 14 y 27 de la Constitución Española, referidos a los Derechos Constitucionales de Igualdad y Educación respectivamente.

Según EC, "estimó que se ha vulnerado la Constitución al convocar unos planes, con financiación pública y cuyo fin es el aprendizaje de idiomas, que no contemplan la posibilidad de acceder a ellos a alumnos de centros concertados".

En opinión del TSJ de Extremadura la Instrucción, impugnada por Escuelas Católicas, introduce "un medio discriminador sin justificación", cuando aparta a los alumnos de los centros concertados de la posibilidad de acceder a estas ayudas, privándoles "de la posibilidad de aprender idiomas por el simple hecho de cursar estudios en centros no públicos".

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